1. ¿Cuáles son las diferencias entre el tomador, el asegurado y el beneficiario? ¿Deben ser una persona física o jurídica? ¿Deben ser la misma persona?
En el seguro de alquiler el tomador es quien suscribe el contrato con la aseguradora y a quien corresponden las obligaciones que se deriven del mismo, salvo aquellas que correspondan expresamente al asegurado. Este último es quien tiene derecho a percibir las prestaciones y quien puede designar un beneficiario. Ambos no tienen que coincidir y pueden ser personas físicas o jurídicas.
2. ¿Qué es la franquicia? ¿A cuánto asciende?
La franquicia es lo que el titular del seguro (propietario) no cobra de la aseguradora cuando se produce un impago de rentas. Está fijada en las condiciones generales del seguro. Asciende a un mes de alquiler o ninguno dependiendo de la compañía.
3. ¿Qué es la carencia del seguro de alquiler? ¿Cuánto tiempo dura?
El periodo de carencia suele ser de un mes y empieza en el momento en que se contrata el seguro. Durante este tiempo no se puede producir el impago porque quedaría anulada esta cobertura. Si coincide la fecha de inicio del contrato y la fecha de contratación del seguro, no existirá tal impago durante la carencia ya que el primer mes se paga por adelantado en la firma del contrato de alquiler.